Gorjeo

2022-10-11 19:13:12 By : Mr. Frank Tang

Derivado de atención médica inoportuna, incompleta e ineficaz, una mujer embarazada dio a luz en un retrete del Hospital del Niño y la Mujer el 15 de junio de 2019. Al día siguiente, falleció el bebé, reveló una investigación de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH).

Por todas las irregularidades, emitió la Recomendación 21/2021 a Daniel Acosta Díaz de León, director general de los Servicios de Salud del Estado.

Según la relatoría radicada en el expediente 1VQU-385/2019, la madre arribó a las 13:30 horas al presentar 39 semanas de gestación, y aunque su fecha probable de parto era el 17 de junio de ese año, acudió porque comenzó con dolores de parto además de sangrado vaginal.

Por ese motivo, fue ingresada al área de urgencias. Tras verificar que su presión arterial se encontraba estable, la enviaron a la sala de espera.

La mamá detalló que al encontrarse en la sala de espera continuó con contracciones y sangrado, pasaron cerca de 10 minutos cuando fue al baño, y al encontrarse en los sanitarios se le rompió la fuente.

Ante ello, ingresaron por ella tres enfermeras y la llevaron al área de urgencias, pero al sentarse en la taza del baño para quitarse la ropa, sintió que salió su bebé, por lo que lo tomó y gritó a las enfermeras, quienes no acudieron de manera inmediata.

Podo después llegaron dos enfermeras, una cortó el cordón umbilical, mientras el doctor observaba desde la puerta del baño.

Según la opinión del Colegio de la  Profesión Médica del Estado, la atención no fue adecuada porque la paciente fue valorada por triage obstétrico a las 13:08 horas del 15 de junio de 2019 catalogándola con código verde, como urgencia no calificada, entre otras irregularidades.

Advirtió que al presentar un parto fortuito en el baño implica que no se valoró en forma adecuada en zona de triage, no se tuvo el sentido común de revisarla antes de pasar al baño.

Así, la CEDH recomendó a Díaz de León: reaparición del daño y colaborar en el Registro Estatal de Víctimas; tener personal en ginecología especializado y capacitado; resolver investigación administrativa; y capacitación en Normas Oficiales Mexucanas en materia de salud.

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